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Corte Suprema de Justicia

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27 DE MARZO DE 2020

COMUNICADO

Resolución del Consejo de Superintendencia de la CSJ

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR LA CUAL SE DISPONE QUE LOS MAGISTRADOS DE TODOS LOS FUEROS DE TODO EL PAÍS CONCURRAN EL LUNES 30/03/2020 Y EL MARTES 31/03/2020 A RETIRAR EXPEDIENTES JUDICIALES QUE SE ENCUENTREN EN ESTADO DE AUTOS PARA RESOLVER O AUTOS PARA SENTENCIA. A continuación se transcribe el contenido de esta decisión:

1.) DISPONER que todos los miembros de los tribunales de Apelación y los jueces de todos los fueros de todo el país concurran a sus despachos el día lunes 30 de marzo y el martes 31 de marzo del año en curso, en la forma indicada más abajo, entre las 9:00 horas y las 10:00 horas a RETIRAR los expedientes que se encuentren pendientes de ser resueltos (en estado de autos para sentencia o autos para resolver) a fin de trabajar en sus respectivos domicilios, preparando las resoluciones respectivas, incluyendo las extradiciones formuladas desde el extranjero.
 
2.) ESTABLECER que los magistrados citados deberán concurrir a sus despachos, en el siguiente orden:
2.1.) El día lunes 30 de marzo de 2020, de 9:00 horas a 10:00 horas, concurrirán a sus respectivos despachos los magistrados cuyos juzgados o tribunales sean identificados con números pares.
2.2.) El día martes 31 de marzo de 2020, de 09:00 horas a 10:00 horas concurrirán a sus respectivos despachos los magistrados cuyos juzgados y tribunales sean identificados con números impares.
 
3.) ORDENAR que solo en caso imprescindible, al efecto del retiro del expediente, concurran los actuarios de los Tribunales y Juzgados.
 
4.) DISPONER que el personal sanitario y de seguridad de cada edificio del Poder Judicial apliquen todas las medidas de prevención sanitaria a magistrados y funcionarios que concurran a los edificios del Poder Judicial y arbitren las medidas para que los mismos se retiren inmediatamente de vencido el tiempo para retirar los expedientes. 
 
5.) DISPONER que los magistrados se dirijan directamente a sus domicilios luego de retirar los expedientes judiciales pendientes de resolución, a fin de no exponer a los mismos.
 
6.) DISPONER que los órganos colegiados que deban dictar resolución, arbitren los medios para entregarse los autos con los votos, a fin de permitir el voto de los demás miembros de dicho órgano, debiendo realizar dicho traspaso sin concurrir a los edificios del Poder Judicial.
 
7.) COMUNICAR esta decisión a los Presidentes de todas las Circunscripciones Judiciales del país para su inmediata comunicación a los magistrados de las respectivas circunscripciones.
 
8.) DISPONER que se comunique a la Corte Suprema de Justicia los magistrados que no han concurrido el día lunes 30 o el día martes 31 de marzo de 2020, a efectos de retirar los expedientes en estado de resolución.
 
9.) DISPONER que en caso que, por motivos insuperables, algún magistrado no pudiera concurrir los días señalados, deberá hacerlo el día miércoles 1 de abril de 2020.
 
10.) MANTENER en vigencia la disposición de informar a la Corte Suprema de Justicia sobre los expedientes en estado de resolución, el día lunes 27 de abril de 2020, discriminándose aquellos que tengan más de un año, más de seis meses y más de tres meses en dicho estado.
 
11.) EXHORTAR a los magistrados a poner al día sus despachos judiciales durante el tiempo de crisis sanitaria, a fin de evitar el retraso en el dictado de las resoluciones judiciales.
 
12.) PUBLICAR esta resolución en todos los medios de comunicación de la Corte Suprema de Justicia.
 

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