INFORMACIÓN GENERAL
La Dirección de Derecho Ambiental se crea por acordada N° 802/13 en fecha 19 de febrero de 2013 como unidad de apoyo técnico especializada en Derecho Ambiental, dependiente de la Corte Suprema de Justicia.
Cumpliendo con las funciones establecidas inicialmente, por acordada N° 1314 de fecha 6 de junio de 2019 se ha ampliado la acordada N° 802, otorgándole la calidad de "Unidad de Apoyo Técnico – Jurídico de Asistencia Jurisdiccional, Especializada en Derecho Ambiental".
Tiene como objeto contribuir con los órganos jurisdiccionales para la elaboración de informes técnicos, científicos o dictámenes jurídicos en el marco de los procesos penales, contencioso administrativo, civil y comercial en los que se investiguen hechos punibles contra las bases naturales de la vida humana, contra el medio ambiente, apoyando el fortalecimiento institucional en Legislación Ambiental, organizando y patrocinando conferencias, módulos, seminarios para capacitación a funcionarios, articulando acciones de instituciones involucradas con las Política Ambiental Nacional para acompañamiento y seguimiento en procesos donde se dirime el Derecho ambiental, a fin de proponer medidas de recomposición y/o indemnización por daños ambientales, en virtud a las disposiciones legales ambientales.
El fortalecimiento de la política de transparencia y acceso a la información ambiental facilita a la Corte Suprema de Justicia realizar un seguimiento acabado de las investigaciones penales obteniendo datos e informaciones de procesos judiciales en materia penal ambiental encomendadas a la Dirección de Derecho Ambiental por acordada N° 1344/19 funciones inherentes al acceso a los datos de procesos en materia penal ambiental y seguimiento de investigaciones penales.
La Dirección de Derecho Ambiental finalmente apoya tareas de gestión ambiental institucional del Palacio de Justicia de Asunción y demás sedes administrativas, registrales y jurisdiccionales, según lo dispone la acordada N° 783/12 "Por la que se aprueba el código de buen gobierno del Poder Judicial de la República del Paraguay” que en su Art. 36° del Código señala: <>: “La Corte Suprema de Justicia se compromete a promover prácticas tendientes a una política de sostenibilidad ambiental. A dicho fin, la Institución se compromete a establecer lineamientos en esta materia que comprendan: mecanismos de educación y promoción medioambiental con sus funcionarios y con las comunidades, uso de tecnologías limpias, manejo de desechos, y uso de recursos no renovables”.