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30 DE ABRIL DE 2020

CONFORME A LA ACORDADA 1373/2020

Personas con patologías de base podrán ejercer sus funciones a distancia

Conforme al Art. 6° de la Acordada N° 1373/2020, se detalla la lista no taxativa de patologías de base en las cuales se podrían encuadrar magistrados y funcionarios, a los efectos de la presentación de certificados para la prestación de servicios a distancia.

A contituación se citan algunas de las patologías que deberán ser certificadas por un prefesional médico:

  • Pacientes con cáncer de cualquier etiología. 
  • Pacientes en tratamientos de quimioterapia, radioterapia y otros.
  • Pacientes que se realizan transfusiones.  
  • Pacientes dializados. 
  • Pacientes renales (inmunodeprimidos, patologías crónicas).
  • Pacientes con diabetes tipo 1 y tipo 2.
  • Pacientes con cardiopatías: HTA grave, enfermedades arteriales y venosas.
  • Pacientes trasplantados.
  • Pacientes respiratorios: asma bronquial, EPOC, enfermedades respiratorias crónicas.
  • Pacientes Inmunodeficientes: HIV, Lupus LED. 

Condiciones que disminuyen las defensas orgánicas y vuelven a la mujer más susceptible de adquirir procesos infecciosos ocasionados por el COVID 19, a tener en cuenta son:

  • Embarazo
  • Lactancia
  • Puerperio

Los documentos que avalen las condiciones mencionadas, deberán ser remitidos conforme al Procedimiento de la Dirección General de Recursos Humanos para la aplicación de la Acordada N° 1373/2020.

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