30 DE ABRIL DE 2020
CONFORME A LA ACORDADA 1373/2020
Personas con patologías de base podrán ejercer sus funciones a distancia
Conforme al Art. 6° de la Acordada N° 1373/2020, se detalla la lista no taxativa de patologías de base en las cuales se podrían encuadrar magistrados y funcionarios, a los efectos de la presentación de certificados para la prestación de servicios a distancia.
A contituación se citan algunas de las patologías que deberán ser certificadas por un prefesional médico:
- Pacientes con cáncer de cualquier etiología.
- Pacientes en tratamientos de quimioterapia, radioterapia y otros.
- Pacientes que se realizan transfusiones.
- Pacientes dializados.
- Pacientes renales (inmunodeprimidos, patologías crónicas).
- Pacientes con diabetes tipo 1 y tipo 2.
- Pacientes con cardiopatías: HTA grave, enfermedades arteriales y venosas.
- Pacientes trasplantados.
- Pacientes respiratorios: asma bronquial, EPOC, enfermedades respiratorias crónicas.
- Pacientes Inmunodeficientes: HIV, Lupus LED.
Condiciones que disminuyen las defensas orgánicas y vuelven a la mujer más susceptible de adquirir procesos infecciosos ocasionados por el COVID 19, a tener en cuenta son:
- Embarazo
- Lactancia
- Puerperio
Los documentos que avalen las condiciones mencionadas, deberán ser remitidos conforme al Procedimiento de la Dirección General de Recursos Humanos para la aplicación de la Acordada N° 1373/2020.