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16 DE OCTUBRE DE 2015

DENTRO DEL PROGRAMA "EDUCANDO EN JUSTICIA"

Futuros abogados escucharon charla sobre la Constitución

El presidente de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, doctor Javier Dejesús Esquivel, brindó charlas a estudiantes de la carrera de derecho de distintas universidades de la ciudad de Carapeguá dentro del marco del programa "Educando en Justicia". Durante el encuentro con los jóvenes la máxima autoridad judicial local expuso sobre el rol del Poder Judicial dentro del sistema constitucional paraguayo.

La Secretaría de Educación en Justicia, a través de su programa "Educando en Justicia", sigue capacitando a estudiantes de distintos niveles de todo el país y en esta ocasión en la ciudad de Carapeguá.

De la jornada educativa que se desarrolló en el palacete municipal de la ciudad participaron más de 300 alumnos que escucharon atentamente la exposición brindada por la máxima autoridad judicial del departamento.

Durante su ponencia el doctor Javier Dejesús Esquivel recordó al auditorio el artículo 247 de la Constitución paraguaya que establece que “el Poder Judicial es el custodio de esta Constitución. La interpreta, la cumple y la hace cumplir. La administración de justicia está a cargo del Poder Judicial, ejercida por la Corte Suprema de Justicia, por los tribunales y por los juzgados, en la forma que establezcan esta Constitución y la ley”. 

Asimismo, dijo que el artículo 256 de la Carta Magna establece que “toda sentencia judicial debe estar fundada en esta Constitución y en la ley. La crítica a los fallos es libre”.

La Constitución establece, igualmente, que “queda garantizada la independencia del Poder Judicial” y dispone que “los que atentasen contra la independencia del Poder Judicial y la de sus magistrados, quedarán inhabilitados para ejercer toda función pública por cinco años consecutivos, además de las penas que fije la ley”.
 
En su discurso indicó que en nuestra Ley Fundamental el principio de la supremacía constitucional está consagrado en los siguientes términos: “La Ley Suprema de la República es la Constitución", pero no se trata de una ley cualquiera, resaltó el magistrado, sino de la ley que establece los derechos y las garantías fundamentales de las personas, de una ley que crea los distintos órganos que ejercen las funciones del poder y determina sus atribuciones, sus limitaciones, la manera en que se vinculan y el modo en que se controlan recíprocamente. 

Al respecto, expresó que esto es lo que se conoce con el nombre de “Constitución”, y a ese conjunto de normas se le da el máximo rango, es decir, se lo considera “ley suprema” o “ley fundamental”. Además, por el principio de supremacía se entiende que todas las demás disposiciones del ordenamiento jurídico están subordinadas a la Constitución, en el sentido de que no pueden contradecirla.

En definitiva, siguió explicando el magistrado, el sistema funciona cuando se reconoce que hay un órgano máximo encargado de determinar la constitucionalidad o  inconstitucionalidad de un acto, y sus decisiones son ya indiscutibles, no pueden ser revisadas. No es que se trata de magistrados infalibles, de personas que no pueden incurrir en error en ninguna circunstancia, aclaró, sino que el sistema exige una instancia de decisión final.
 
Si cualquier persona u órgano pudiera juzgar las decisiones de ese máximo órgano, estaría constituyéndose en una instancia por encima de él y sería un cuento de nunca acabar. Por ello, la Constitución otorga a la Corte Suprema de Justicia la facultad de decidir las cuestiones de constitucionalidad. En ese sentido, las siguientes disposiciones revelan la presunción de constitucionalidad de las decisiones de dicho órgano, como intérprete final de aquella.

Para finalizar su exposición, trajo a colación el pensamiento del prestigioso abogado uruguayo Eduardo Couture: "Estudia, el derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado".

 

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