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Corte Suprema de Justicia

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24 DE OCTUBRE DE 2014

POTESTAD DISCIPLINARIA

Se abre investigación preliminar por supuestas faltas

El Consejo de Superintendencia de la Corte inició una investigación preliminar en averiguación de supuestas faltas cometidas por la abogada Kattya González, a través de artículos de opinión publicados el 8 de octubre de 2014 en los periódicos Abc Color y Ultima Hora. Las averiguaciones buscan determinar si la profesional ha incurrido o no en faltas establecidas en las normas que regulan el ejercicio de la profesión de abogado.

La Corte Suprema de Justicia no solo tiene la potestad disciplinaria y de supervisión sobre los auxiliares de justicia (artículos 4 y 23 de la Ley Nº 609/95), sino, también, la obligación legal de pedir informes a los mismos sobre hechos que puedan denigrar la investidura de los magistrados judiciales, a más de desprestigiar el concepto mismo que se tiene del abogado en la sociedad.

En ese sentido, en uso de sus atribuciones y obligaciones legales, el Consejo de Superintendencia de la Corte, inició una investigación preliminar en averiguación de supuestas faltas cometidas por la abogada Kattya González, a raíz de graves acusaciones realizadas por la misma, a través de un artículo de opinión titulado “Institución o revolución”, publicado el 8 de octubre de 2014 en los periódicos Abc Color y Ultima Hora.

En una parte de los textos publicados señala: “La Corte Suprema de Justicia (integrada más por rufianes que ministros) como institución ha opacado el imperio de la ley e instaurado una cultura clientelar y mercantilista en la justicia paraguaya”.

El calificativo utilizado por la abogada Kattya González, según el diccionario de la lengua española, significa “El que hace el infame tráfico de mujeres públicas, hombre sin honor, perverso, despreciable”.

La libertad de expresión forma parte de los derechos humanos de las personas y está protegida por la Declaración Universal de 1948 y las leyes de todos los Estados democráticos. Para la Corte Suprema de Justicia de la República de Paraguay, esta libertad supone que todos los seres humanos tienen derecho a expresarse sin ser hostigados debido a lo que opinan. En ese sentido, la expresión nunca debe ser objeto de censura previa: en cambio, puede regularse a partir de la responsabilidad ulterior.

El derecho a la libertad de expresión, por lo tanto, al igual que todos los demás derechos, no es absoluto. En otras palabras, el ejercicio de los derechos, como el de la libertad de expresión, implica también la obligación de ejercerlos con responsabilidad.

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