24 DE JULIO DE 2012
IMPULSADO POR EL MINISTRO OSCAR BAJAC Y SUS ASESORES
Presentaron anteproyecto de Ley que reglamenta y amplía funciones de los actuarios
El anteproyecto de Ley “que reglamenta y amplía las funciones de los actuarios de juzgados y tribunales del Poder Judicial” fue elaborado a iniciativa de la Corte Suprema de Justicia a través del ministro Miguel Oscar Bajac. El documento fue presentado al diputado Nacional Oscar Tuma, para su posterior tratamiento en ambas Cámaras del Congreso.
El ministro integrante de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, doctor Miguel Oscar Bajac, explicó que con el propósito de lograr que los actuarios cooperen para descongestionar el sistema judicial de una manera más personalizada permitiendo de esta manera que los ciudadanos obtengan una sentencia dentro de un plazo razonable y evitar la morosidad procesal, se presentó al diputado Nacional Oscar Tuma el anteproyecto de Ley “que reglamenta y amplía las funciones de los actuarios de juzgados y tribunales del Poder Judicial”.
La elaboración del proyecto y su posterior presentación fueron impulsadas por el ministro de la máxima instancia judicial, doctor Miguel Oscar Bajac y sus asesores jurídicos. El doctor Bajac refirió que se pretenden agilizar los procesos dividiendo el trabajo, que en su gran mayoría estará a cargo de los actuarios hasta la providencia de autos para sentencia.
El ministro de la Corte agregó que en principio se está planteando el anteproyecto solo en materia Civil, pero consideró que será extendido a todos los fueros, incluso a los Tribunales. Por su parte, uno de los asesores jurídicos, el abogado Francisco Segura indicó que el documento presentado es oportuno ya que permite a los actuarios despachar todo lo que en el expediente significa mero trámite bajo vigilancia del juez y se espera que se ahorre tiempo en la tramitación.
Añadió que en materia Penal los actuarios tienen más facultades y las ejercen, lo que permite que los expedientes se resuelvan de manera más rápida. “Lo que estamos haciendo es actualizar el sistema Civil que ya requiere estas reformas, que ahorrarán mucho tiempo, volviendo lo más eficiente posible el citado fuero, sin asumir grandes costos”, explicó el doctor Segura.
En sus diversos artículos el documento propone ampliar las funciones del actuario al posibilitar que los mismos realicen tareas de coordinación dentro del proceso y establece la obligación que tienen para ajustar sus actuaciones al principio constitucional de legalidad, pudiendo solamente dictar criterios en los términos exactos que la ley autoriza.
Cabe resaltar que el actuario judicial, de acuerdo al proyecto, podrá conferir vistas y traslados, firmar providencias de mero trámite y asumir la conducción de la etapa probatoria, a excepción de resolver las cuestiones relativas a la valoración de la prueba. Además se prevé la oportunidad para que las partes soliciten al juez la revisión de las actuaciones y disposiciones del actuario.
La elaboración del proyecto y su posterior presentación fueron impulsadas por el ministro de la máxima instancia judicial, doctor Miguel Oscar Bajac y sus asesores jurídicos. El doctor Bajac refirió que se pretenden agilizar los procesos dividiendo el trabajo, que en su gran mayoría estará a cargo de los actuarios hasta la providencia de autos para sentencia.
El ministro de la Corte agregó que en principio se está planteando el anteproyecto solo en materia Civil, pero consideró que será extendido a todos los fueros, incluso a los Tribunales. Por su parte, uno de los asesores jurídicos, el abogado Francisco Segura indicó que el documento presentado es oportuno ya que permite a los actuarios despachar todo lo que en el expediente significa mero trámite bajo vigilancia del juez y se espera que se ahorre tiempo en la tramitación.
Añadió que en materia Penal los actuarios tienen más facultades y las ejercen, lo que permite que los expedientes se resuelvan de manera más rápida. “Lo que estamos haciendo es actualizar el sistema Civil que ya requiere estas reformas, que ahorrarán mucho tiempo, volviendo lo más eficiente posible el citado fuero, sin asumir grandes costos”, explicó el doctor Segura.
En sus diversos artículos el documento propone ampliar las funciones del actuario al posibilitar que los mismos realicen tareas de coordinación dentro del proceso y establece la obligación que tienen para ajustar sus actuaciones al principio constitucional de legalidad, pudiendo solamente dictar criterios en los términos exactos que la ley autoriza.
Cabe resaltar que el actuario judicial, de acuerdo al proyecto, podrá conferir vistas y traslados, firmar providencias de mero trámite y asumir la conducción de la etapa probatoria, a excepción de resolver las cuestiones relativas a la valoración de la prueba. Además se prevé la oportunidad para que las partes soliciten al juez la revisión de las actuaciones y disposiciones del actuario.