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29 DE AGOSTO DE 2023

PARA REALIZAR CONTROL DE CUMPLIMIENTO

Tutelas jurisdiccionales ordenadas en las tres penitenciarías de Emboscada

El Juez Penal de  Ejecución de Cordillera Juan Bautista Silva Ucedo, la actuaria judicial Rosalba Cristaldo y funcionarios del juzgado se constituyeron en las tres Penitenciarías habilitadas en el Departamento:  Padre Juan Antonio de la Vega, Emboscada Antigua y Granja Penitenciaria Itá Porã para realizar control de Cumplimiento de Tutelas Particulares ordenadas para preservar la Salud de los internos, en cumplimiento del art 19, numeral 1, literal d) y e) del Código de Ejecución Penal, sobre los fines de la prisión preventiva, el trato del prevenido y la defensa de sus derechos y sobre el cumplimiento  de los fines constitucionales  de las sanciones penales y la defensa de los derechos de los condenados.

Las Tutelas se ocuparon de reparar los derechos en relación a la salud de los condenados a cargo de este juzgado.

Así también dando cumplimiento al deber de control de los prevenidos establecido en la ley, el Juzgado ordenó a los tres directores de las Penitenciarías que presenten en la sanidad del penal a los que se encuentran aquejados con problemas de Salud, acompañados por los médicos de guardia, con el objeto de labrar acta e informar a los jueces que intervienen en sus causas.

Con relación a los condenados a cargo del referido Juzgado de Ejecución, se cumplirá lo establecido en la Constitución Nacional, tratados internacionales ratificados por el Paraguay y leyes que protegen la vida y la salud de los privados de libertad y se remita copia de todas estas actuaciones a los respectivos magistrados quienes entienden sobre los prevenidos para que obren de la misma manera.

En dicho contexto, se elevó informe de todo lo actuado al Ministro Superintendente de la Circunscripción Judicial de Cordillera, Doctor Alberto Martínez Simón y se remiten las actas de constitución de control penitenciario en relación a tutelas de carácter particular de condenados y prevenidos de los tres penales de la Ciudad de Emboscada a la Coordinación de Supervisión de Penitenciarías, a la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia, así también a la Defensoría del Pueblo, a los Directores de las Penitenciarías de Emboscada y al Director de Establecimientos Penitenciarios, a los efectos de realizar los procedimientos que correspondan  en el ámbito de sus competencias.

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