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Corte Suprema de Justicia

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08 DE NOVIEMBRE DE 2022

POR DECLARACIÓN DE FERIADO NACIONAL

Se suspenden plazos procesales y registrales del miércoles 9 de noviembre

La Corte Suprema de Justicia, en su sesión plenaria del martes 8 de noviembre, ratificó la decisión del Consejo de Superintendencia, en la que se establece la suspensión de los plazos procesales y registrales de este miércoles 9 en todas las circunscripciones judiciales del país y pasarán a fenecer el día jueves 10 de noviembre de 2022. La disposición se realiza con motivo al feriado nacional declarado por el Poder Ejecutivo.

En ese contexto, las autoridades judiciales aprobaron suspender los plazos procesales y registrales de este miércoles 9 de noviembre, en razón del Decreto N° 6987/2022 del Poder Ejecutivo, que establece la realización del Censo Nacional. 

A continuación se transcribe de manera íntegra el documento:

VISTA: La Resolución N° 2305, de fecha 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Superintendencia; y,

C O N S I D E R A N D O:

La Resolución N° 2305, de fecha 8 de noviembre de 2022, por la cual el Consejo de Superintendencia estableció que los plazos procesales y registrales que vencen el día miércoles 9 de noviembre de 2022, fenezcan el día jueves 10 de noviembre del 2022, en todas las Circunscripciones Judiciales de la República y, dispone que los servicios de estricta necesidad para atender los casos de urgencia constituyen una excepción a la mencionada Resolución y deberán ser canalizados a través de la Oficina de Atención Permanente. Así mismo autoriza la circulación de los Funcionarios Judiciales, que se encuentran de turno en sus respectivos Juzgados como además aquellas dependencias que funcionan 24 horas, y en turnos rotativos, tanto en la Capital como en el interior del País y, en ese sentido, dispuso que los superiores de cada área remitan la nómina de funcionarios que prestarán servicios en la institución en la fecha señalada, los cuales están exhortados de utilizar el uniforme y la credencial respectiva conforme a la mencionada Resolución.

Por otra parte, se concedió a los Funcionarios Judiciales que prestarán servicios en el Censo de 2022, el usufructo de 2 (dos) días libres corridos, a ser utilizados al día siguiente de dicha jornada como compensación no monetaria, remitiéndose al Pleno de la Corte Suprema de Justicia para su ratificación.

                        La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3°, inciso b), de la Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”. En consecuencia, previo estudio y tratamiento, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia encuentra pertinente ratificar la Resolución N° 2305, de fecha 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Superintendencia.

POR TANTO, en uso de sus atribuciones;

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R E S U E L V E:

ART. 1°: RATIFICAR la Resolución N° 2305, de fecha 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Superintendencia, conforme al siguiente detalle:

ART. 1°ESTABLECER que los plazos procesales y registrales que vencen el día miércoles 9 de noviembre de 2022, fenezcan el día jueves 10 de noviembre de 2022, en todas las Circunscripciones Judiciales de la República.

ART. 2°: DISPONER que los servicios de estricta necesidad para atender los casos de urgencias, los cuales constituirán una excepción a la presente Resolución, deberán ser canalizados a través de la Oficina de Atención Permanente.

ART. 3°AUTORIZAR la circulación de los Funcionarios Judiciales, que se encuentren de turno en sus respectivos Juzgados o Secretarías, como además de aquellas dependencias que funcionan 24 horas, y en turnos rotativos, tanto en la Capital como en el interior del país.

ART. 4°DISPONER que los Superiores de cada área, remitan a la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos de la Capital, y la Sección de Seguridad de las Circunscripciones Judiciales, la nómina de Funcionarios que prestarán servicios en la Institución en la fecha señalada.

ART. 5°: EXHORTAR a los Funcionarios que prestarán servicios en la Institución en dicha fecha, la utilización del uniforme y de la credencial respectiva.

ART. 6°CONCEDER a los Funcionarios Judiciales, que prestarán servicios en el Censo 2022, el usufructo de (2) dos días libres corridos, a ser utilizados al día siguiente de dicha jornada como compensación no monetaria.

ART. 7°COMUNICAR al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, para su ratificación.

ART. 2°::  ANOTAR, registrar y notificar.

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