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06 DE JULIO DE 2022

CORTE RESUELVE HACER PÚBLICO EL ACTO DE INTEGRACIÓN EN LOS CASOS DE ACCIONES PLANTEADAS CONTRA RESOLUCIONES DEL JEM

Integración de juicios contra resoluciones del JEM se hará en próxima sesión plenaria

El pleno de la Corte Suprema de Justicia, en sesión ordinaria de fecha 6 de julio de 2022, resolvió realizar en su próxima sesión el acto de integración en los juicios de acciones de inconstitucionalidad presentadas contra las resoluciones del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de forma pública.

Luego de que el Secretario de la Sala Constitucional, abogado Julio Pavón realice la presentación del informe de los denominados casos emblemáticos y del movimiento de la Sala Constitucional durante el primer semestre del año, el ministro Prof. Dr. Víctor Ríos Ojeda propuso que “las integraciones de las denominadas causas emblemáticas sean integradas en audiencias públicas”; a fin de fortalecer los procesos de publicidad y transparencia de las decisiones de la Corte Suprema de Justicia así como establecer mayor control de los plazos. 

 El ministro Prof. Dr. Alberto Martínez Simón propuso que los juicios pendientes de integración contra las resoluciones del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados se remitan al pleno de la Corte Suprema de Justicia, a los efectos de que estos puedan ser integrados con mayor celeridad.

Asimismo, el vicepresidente segundo, doctor Manuel Ramírez Candia mocionó que “en la próxima sesión del pleno, el secretario remita los expedientes más antiguos para la integración pública en la siguiente plenaria”, en pos de que la gestión pública resulte más eficiente y transparente.

Según informe presentado a los gabinetes de los ministros por el Abg. Julio César Pavón Martínez, secretario de la Sala Constitucional, se registran en dicha sala un total de 204 juicios pendientes contra el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, de los cuales 182 se encuentran en proceso de integración.

Se recuerda que para los casos de acciones de inconstitucionalidad promovidas contra las sentencias definitivas del Jurado, las mismas deben ser resueltas por el pleno de la Corte Suprema de Justicia de conformidad al art. 36 de la Ley 6814/21.

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