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Corte Suprema de Justicia

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20 DE MAYO DE 2022

APROBADO EN SESIÓN PLENARIA DEL 18 DE MAYO

CSJ informa sobre Plan de Racionalización del Ejercicio Fiscal 2022

En sesión plenaria del 18 de mayo, la Corte Suprema de Justicia ratificó la Resolución S2. N° 98, de fecha 10 de mayo del presente año del Consejo de Superintendencia-Secretaría 2, por la cual se aprueba la aplicación obligatoria del Plan de Racionalización del Ejercicio Fiscal 2022, en los diferentes programas, actividades y proyectos de la institución.

Se disponen para el presente ejercicio fiscal medidas de racionalización institucional, con relación a las partidas presupuestarias inherentes a los servicios básicos, por lo que al cierre de la jomada laboral los funcionarios de las distintas dependencias de la institución están obligados a corroborar el apagado eléctrico de ordenadores y componentes, impresoras o cualquier equipo en general, así como los acondicionadores de aire, que precisen de corriente eléctrica para su funcionamiento.

Por otra parte, se comunicará de manera inmediata a la División Servicios Básicos y Alquileres, dependiente del Departamento de Logística Administrativa de Capital, y las dependencias de las Circunscripciones Judiciales descentralizadas, sobre la existencia de fugas de agua y/o mal funcionamiento de las instalaciones sanitarias u otras áreas, a fin de que se coordinen acciones correctivas de los respectivos mantenimientos.

Así también, promover la utilización de medios digitales, como ser el uso del correo electrónico institucional, para las comunicaciones internas y externas, de modo a lograr reducir al mínimo posible las llamadas de telefonía fija e igualmente el uso de papel de fax.

En otro apartado, específicamente en el artículo 28, se disponen las siguientes medidas de racionalización en materia de papelería e insumos de oficina: 1. Implementación de uso de impresión y/o copias de documentos a doble cara, a efectos de reducir el consumo de papel; 2. Implementar el sistema de reciclados de papel para las fotocopias e impresiones de uso interno; 3. Promover la utilización del correo electrónico institucional como vía de comunicación y remisión de documentos, a efectos de evitar el uso de papel.

Por lo mencionado, la impresión o copias en papel de documentos deberán hacerse solo cuando sea indispensable y, prosiguiendo con las disposiciones, se menciona que las impresoras propiedad de la institución (no tercerizadas) se programen para que, por defecto, impriman en blanco y negro, y en calidad o formato borrador a los efectos del ahorro de insumos, como ser cintas, tóner y tintas.

Finalmente, se prohíbe en todos los casos la realización de copias, impresiones de libros, materiales, documentos, trabajos de cualquier índole y otros de carácter particular.

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