Sábado 23 de Noviembre de 2024 | 23:13 PM | Asunción - Paraguay Inicio

Corte Suprema de Justicia

  • Banners Principales

18 DE ABRIL DE 2022

QUE SE DESARROLLÓ EN BARCELONA

Magistrado representó a Paraguay en reunión de comisiones Iberoamericana y Española de Ética Judicial

El magistrado Gustavo Ocampos González, comisionado representante de Paraguay, fue el autor del Décimo Octavo dictamen aprobado, sobre “Laboriosidad, medición el rendimiento de los jueces y prevención de los riesgos laborales en una perspectiva ética”, durante la reunión de la Comisión Iberoamericana y la Comisión Española de Ética Judicial. El encuentro fue con el propósito de dar a conocer proyectos y dictámenes en materia ética y se realizó en la ciudad de Barcelona, España, del 5 a 7 de abril del corriente.

El doctor Ocampos representó a nuestro país en Barcelona y entre sus conclusiones expresó que “la actitud y el trabajo de los jueces constituyen elementos esenciales de un ejercicio responsable de la función judicial. Por eso la excelencia en su desempeño debe conseguirse mediante una equilibrada combinación de principios y virtudes éticas reiteradas en los códigos y, en particular, en el Código Iberoamericano de Ética Judicial”.


Así también mencionó que, en primer lugar, el presupuesto de un trabajo excelente es el principio de independencia, por lo que los jueces deben reclamar “que se les reconozcan los derechos y se les suministren los medios que posibiliten o faciliten su trabajo”.


Habló sobre la responsabilidad institucional que obliga al juez a mantener un compromiso activo en el buen funcionamiento de todo el sistema judicial y cómo este debe promover y colaborar en todo lo que signifique un mejor funcionamiento de la administración de justicia.


Señaló igualmente que su laboriosidad debe basarse en la virtud de la diligencia para evitar la mora procesal, en la puntualidad para respetar el tiempo de los demás y en el estricto cumplimiento del régimen de incompatibilidades, de tal modo que no contraiga obligaciones que perturben o impidan el cumplimiento apropiado de sus funciones específicas y que su medición objetiva del rendimiento no solo supone un control, compatible con el principio de independencia sino que también constituye una garantía frente a actuaciones disciplinarias desmesuradas y una manifestación apropiada de la rendición de cuentas, de la accountability.


Para acceder a los dictámenes elaborados por la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial ingresar aquí

Noticias Relacionadas