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04 DE SEPTIEMBRE DE 2020

CIRCULAR N° 11/2020

Al personal contratado “jornales no contribuyentes”

Se recuerda la siguiente obligación contractual establecida en la cláusula quinta, punto 5.1: “Si con posterioridad a la firma del presente contrato, solicitare su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC, el contratado/a deberá comunicar por escrito dicha situación a la Dirección General de Recursos Humanos, a los efectos de actualizar las documentaciones requeridas para el cobro de la remuneración".

1. En caso de que proceda a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) deberá comunicar por escrito a la Dirección General de Recursos Humanos, dentro de las 48 horas posterior a su inscripción.

2. La falta de cumplimiento de la disposición del punto 5.1). será considerada incumplimiento del contrato y será pasible de las medidas administrativas que correspondan.

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