22 DE JULIO DE 2020
CON SEDE EN LA CIUDAD DE ASUNCIÓN
Aprueban creación de Oficina Técnica de Apoyo al Fuero de la Niñez y la Adolescencia
La Corte Suprema de Justicia resolvió en su sesión plenaria de la fecha aprobar el Proyecto de la Acordada que crea la Oficina Técnica de Apoyo al Fuero de la Niñez y la Adolescencia. La doctora Carolina Llanes fue designada como ministra responsable de la citada repartición judicial. Entre algunos de los objetivos de la nueva oficina se encuentra el de monitorear el funcionamiento del sistema de Administración de Justicia especializada de la Niñez y Adolescencia. La Acordada referida se detalla en el material.
“QUE CREA Y REGLAMENTA LA OFICINA TECNICA DE APOYO AL FUERO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA”
En la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los 22 días del mes de julio del año dos mil veinte, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente, Dr. Alberto Martínez Simón y los Excmos. Señores Ministros Doctores Antonio Fretes, María Carolina Llanes Ocampos, César Antonio Garay, Luis María Benítez Riera, Gladys Ester Bareiro de Módica, Manuel de Jesús Ramírez Candia, Eugenio Jiménez Rolón y César Manuel Diesel Junghanns, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
Que, con la entrada en vigencia de las Leyes: Nº 6.083/18 “QUE MODIFICA LA LEY N° 1.680/01 “CODIGO DE LA NIÑEZ LA ADOLESCENCIA” y N° 6.486/20 “DE PROMOCION Y PROTECCCION DEL DERECHO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A VIVIR EN FAMILIA, QUE REGULA LAS MEDIDAS DE CUIDADOS ALTERNATIVOS Y LA ADOPCION”, que deroga la Ley N° 1136/97 DE
ADOPCIONES, se crean figuras nuevas tanto en el ámbito administrativo como jurídico, así como un nuevo procedimiento a ser implementado en los procesos de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad, por los diversos operadores del sistema, tanto en el plano administrativo como judicial.
La reforma legislativa pretende asegurar que las medidas de protección que impliquen la separación del niño, niña o adolescente de su entorno judicial vayan acompañadas de una serie de medidas tendientes al fortalecimiento familiar y a la reintegración, en la medida que esto sea posible, debiendo los operadores judiciales asegurar el mantenimiento del vínculo familiar, extremando esfuerzos de articulación con las redes de servicios y prestaciones.
El principio de celeridad que impera en la jurisdicción especializada, debe ir acompañado de la debida diligencia tendiente a la efectividad de los derechos que se pretenden proteger o restituir, y para ella deviene necesaria:
a) La capacitación técnica y revisión de las prácticas de parte de los distintos actores, apostando a la articulación en torno al derecho del niño, niña y adolescente a vivir en familia;
b) El diseño de estrategias de optimización de los recursos disponibles para un mejor rendimiento de los mismos;
c) Identificar y superar malas prácticas que desvirtúan la naturaleza tuitiva del fuero de la niñez, y en consecuencia reposicionar al niño, niña y adolescente, su entorno familiar y comunitario.
Para la toma de decisiones oportunas, la Corte Suprema de Justicia requiere, tanto la información y experiencia acumulada por diversos operadores que han participado en el proceso de elaboración de las leyes mencionadas como la capitalización de la experiencia acumulada por magistrados que a lo largo de varios años han transitado jurisdicción especializada, por lo que considera necesaria la creación de una OFICINA TECNICA DE APOYO AL FUERO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA.
La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que sean necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 3 inc…
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Proyecto Acordada Oficina Tecnica De Apoyo Al Fuero De Niez Y Adolescencia
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