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Corte Suprema de Justicia

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27 DE ABRIL DE 2020

REQUERIMIENTO DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA

Jueces de todo el país informaron hoy a la Corte Suprema sobre el estado en que se encuentran sus despachos

En respuesta al requerimiento del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados de las distintas Circunscripciones Judiciales del país presentaron sus informes sobre los juicios pendientes de resolución.-

Por Circular N° 1/2020 el Consejo de Superintendencia ha requerido la remisión de informes detallados dando cuenta de la cantidad de expedientes en estado de resolución que existen en cada Tribunal y Juzgado del país, estableciéndose el día de hoy, lunes 27 de abril del 2020, como fecha límite de presentación de los mismos.

Los informes deben reflejar detalladamente:

1) Para expedientes del sistema escrito:

a) Los expedientes con providencia de Autos para resolver o Sentencia pendientes de ser resueltos.

Este informe deberá hacerse agrupando los expedientes en tres apartados:

a.1) Si la pendencia supera los tres meses.

a.2) Si la pendencia supera los seis meses.

a.3) Si la pendencia supera el año.

b) Las fechas en las cuales se dictaron las providencias de autos para resolver o sentencia de los expedientes en estado de resolución.

c) Carátula completa de los expedientes en estado de resolución.

d) Si en los expedientes se dictaron medidas de mejor proveer o similares que pudieron haber suspendido el plazo para resolver o sentencia. En este caso, deberá darse cuenta de la fecha en la cual volvió a computar el plazo.

2) Para expedientes del sistema oral:

a) Resoluciones dictadas ante el primer requerimiento (Art. 301 C.P.P.).

b) Audiencias preliminares y resoluciones dictadas (Autos de apertura y otros).

c) Juicios Orales realizados. Sentencias Definitivas dictadas.

d) Juicios Orales calendarizados.

El contenido del informe será considerado en la evaluación de desempeño correspondiente.

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia había dictado la Resolución N° 193 en la sesión del 17 de abril a fin de dar cumplimiento al informe requerido a todos los Tribunales y Juzgados del país, un sistema de organización para facilitar el trabajo de los magistrados, donde los miembros de los Tribunales y Juzgados de todo el país cuyos números de identificación sean pares concurrirían a sus despachos el día 23 de abril del 2020 desde las 08:00 horas a las 12:00 horas, y en el caso de los miembros de los Tribunales y Juzgados del país, cuyos números de identificación sean impares, concurrirían a sus despachos el día viernes 24 de abril de 2020, desde las 08:00 horas a las 12:00 horas a fin de imprimir las resoluciones correspondientes que hayan elaborado durante este periodo, con la presencia del actuario será indispensable, dada su competencia funcional, pero con la restricción al mínimo indispensable la cantidad de funcionarios judiciales para las labores de impresión, sellados y registros en las oficinas de estadística.-

Se habilita a los juzgados y tribunales de todo el país y de todas las competencias a firmar dichas resoluciones los días indicados. Se deja constancia expresa de que los plazos procesales seguirán suspendidos para las partes, a los efectos procesales pertinentes.-

Asimismo, se ordenó que la Dirección de Estadística de la Capital y las Oficinas de Estadísticas de las circunscripciones judiciales de todo el país deberán prever equipos de trabajo rotativos para recibir las resoluciones de los juzgados y tribunales en los días indicados.-

Es importante destacar que uno de los primeros magistrados en elevar el informe pertinente fue el Dr. Delio Vera Navarro, miembro del Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala de la Capital, encontrándose su despacho al día, no cuenta con expedientes en estado de Autos para Sentencia ni de Autos para Resolver.-

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