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Corte Suprema de Justicia

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15 DE ABRIL DE 2020

SESIÓN ORDINARIA POR MEDIO TELEMÁTICO

Decisiones de la Plenaria de la Corte Suprema de Justicia

En Sesión Plenaria de fecha 15 de abril del corriente año el Pleno de la Corte Suprema resolvió lo siguiente

1.- RATIFICAR la Resolución “Que suspende la entrada en vigencia la Acordada N° 1373 del 07 de abril de 2020” hasta el día lunes 20 de abril del 2020. Se adjunta abajo el contenido de la Acordada.

2.- RATIFICAR la reformulación del Art. 64 y Art. 11 de la Acordada N° 1373, el cual queda redactado de la siguiente forma:

“ART. 64: El horario de atención al público en todas las sedes del Poder Judicial será de 08:00 a 12:00 para los Juzgados y Tribunales que atiendan de mañana; de 14:00 a 18:00 para los Juzgados y Tribunales que atiendan de tarde”.

 “ART. 11: Todos los funcionarios y magistrados de los Juzgados del Fuero de la Niñez y la Adolescencia, Penal Adolescente, Laboral y Tribunal de Cuentas, prestarán servicio en el horario de la tarde, de 14:00 a 18:00.En estos casos, el horario de entrada de los funcionarios y magistrados será a partir de las 13:45. Esta disposición no se aplica a los Juzgados y Tribunales Multifueros, que atienden tanto juicios civiles y comerciales como laborales, pudiendo dichos órganos atender en horario de la mañana”.

Obs. Se adjunta abajo copia de la Resolución.

 3.- APROBAR la reducción de costos operativos institucionales en los siguientes puntos:

•        Reducir a 2.500.000 guaraníes mensuales el Rubro para Cupos de Combustible para cada gabinete.

•        Eliminar por el resto del presente año, los rubros de combustible extras para cada viaje al interior del país de los ministros.

•        El combustible para los demás casos será concedido a pedido de la Dirección de Transporte, solo para vehículos institucionales.

•        Eliminar por el resto del presente año, los viáticos al exterior y al interior de los ministros y miembros de sus gabinetes, salvo choferes, debiendo limitarse a 1 dichos asistentes.

•        Suspender los gastos de pasajes y viáticos al exterior para los ministros, magistrados y funcionarios de la institución, por el presente año. El magistrado o funcionario podrá viajar si la entidad organizadora extranjera corriera con todos los gastos. Con excepción de los pasajes aéreos en clase económica que ya fueron adquiridos con anterioridad a esta situación sanitaria.

•        Eliminar el rubro de provisión de alimentos, salvo para juicios orales y la Oficina de Atención Permanente, y el rubro de regalos institucionales por el presente año.

•        Eliminar los rubros vinculados a coronas exequiales y telefonía celular por el resto del año.

•        Eliminar los servicios de televisión por cable, salvo utilizado por la Dirección de Comunicación para los juicios de monitoreo informático.

•        Reducir de 4 mil millones de guaraníes a 2 mil millones de guaraníes el llamado de licitación de combustibles.

•        Encomendar a la Dirección General de Administración y Finanzas, la elaboración de un Plan de Ejecución de lo dispuesto, a ser presentado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia en la próxima sesión plenaria.

•        Encomendar a la Dirección General de Administración y Finanzas, la realización de otras propuestas para la eliminación de otros rubros de todas las Circunscripciones Judiciales del país, debiendo presentar dicha moción para la próxima sesión plenaria.

4.- MODIFICAR la Acordada N° 1373, en sus Arts. 6 y 30; los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

Art. 6. El Servicio Médico del Poder Judicial elaborará una lista no taxativa de las patologías de base, a fin que los magistrados y funcionario que se encuadren en alguna de ellas por su estado de salud, remitan al correo institucional o por cualquier medio fehaciente el certificado médico y otro documento que acredite dicha enfermedad correspondiente a la Dirección de Administración del Personal a los efectos del registro.

Art. 30. Los Actuarios deberán arbitrar los mecanismos necesarios para evitar las aglomeraciones en la atención de profesionales, tales como: la presencia de hasta dos personas por ventanilla, fijar la distancia de dos metros entre personas en la fila de espera, autorización al profesional para realizar tomas fotográficas de las actuaciones a los efectos de agilizar la revisión del expediente. Se autoriza a los Actuarios a enviar fotografías de las últimas actuaciones en el expediente a pedido de los profesionales, para evitar el traslado y la presencia física de los auxiliares de justicia.

5.- APROBAR la ampliación de la Acordada 1366/20 en su artículo 14, párrafo 2do, respecto a la incorporación dentro de las facultades de los Jueces Penales de Garantías. Queda redactada de la siguiente manera:

Art. 14 de la Acordada N° 1.366. Incorporar dentro de las facultades de los jueces penales las posibilidades procesales previstas dentro del art. 301 del CPP que no tengan un contenido imputativo, con la recomendación que se realicen a través de audiencias telemáticas, con la recomendación que las condiciones de dación impuestas sean destinadas a las comunidades carenciales. 

6.- EXHORTAR a los Jueces Penales, en relación a proseguir con las Revisiones de Oficio de las Medidas Cautelares Privativas de Libertad, utilizando indistintamente los medios telemáticos e inclusive escritos, en el caso de las revisiones de oficio, que permitan agilizar las decisiones con relación a las medidas de prisión preventiva, priorizando los grupos vulnerables, siempre que los presupuestos legales estén debidamente justificados. Asimismo, se exhorta desde la Sala Penal, a los Jueces de Ejecución a agilizar los trámites para el otorgamiento de los beneficios penitenciarios a los privados de libertad, priorizando los grupos vulnerables; respetando siempre la independencia de criterio de cada Magistrado.

7.- APROBAR  la realización de manera virtual del Curso sobre Derecho Constitucional y Derechos Humanos, con base en el convenio suscrito entre la Corte Suprema de Justicia y la Universidad de Bologna, Italia, hasta el mes de setiembre del 2020; atendiendo a que por la Pandemia, no se podrá realizar el curso de manera presencial

8.- FIJAR el día 24 de julio de 2020 como fecha límite para la presentación de listas de candidaturas, en atención la modificación de la fijación de fecha para las elecciones de representantes abogados ante el Consejo de la Magistratura, dispuesta por Resolución N° 7947/20 de la Corte Suprema de Justicia.

9.-AUTORIZAR.- la venta de vehículos pertenecientes a la institución que hayan entrado a la etapa límite de su vida útil.

 

10.- ELECCIÓN DE TERNAS

DESIGNAR al abogado Félix Andrés Cantaluppi González, en carácter de Agente Fiscal Itinerante.

DESIGNAR a la abogada Cristel Sandrina Müller de Peralta, en carácter de Jueza Penal de Sentencia N° 2, Circunscripción Judicial de Cordillera.

DESIGNAR a la abogada Ondina María Cabral Cabrera, en carácter de Jueza Penal de Garantía de Horqueta, Circunscripción Judicial de Concepción.

CONFIRMAR al abogado Lilio Franco Bobadilla Rodríguez, en carácter de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Estanislao, Circunscripción Judicial de San Pedro.

 DESIGNAR a la abogada María Valentina Guzmán del Puerto, en carácter de Jueza de Paz de Tobatí, Circunscripción Judicial de Cordillera.

DESIGNAR a la abogada Laura Ramona Ávalos Rojas, en carácter de Jueza de Paz de Emboscada, Circunscripción Judicial de Cordillera.

CONFIRMAR a la abogada Karen Leticia González Orrego, en carácter de Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Capital, Circunscripción Judicial de Capital.

CONFIRMAR al abogado José Dolores Benítez González, en carácter de Juez Penal de Garantías, Circunscripción Judicial de Guairá.

CONFIRMAR al abogado Julio César Bienvenido Alfonso Vera, en carácter de Juez en lo Penal y de Sentencia, Circunscripción Judicial de Guairá.

CONFIRMAR al abogado Richard Luis Alarcón Arredondo, en carácter de Juez en lo Penal y de Sentencia, Circunscripción Judicial de Concepción.

CONFIRMAR al abogado Fulvio Manuel Salinas Galeano, en carácter de Juez en lo Penal y de Sentencia, Circunscripción Judicial de Concepción.

CONFIRMAR a la abogada Dolica Castorina Giménez de Luizzi, en carácter de Jueza Penal de Garantías, Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

CONFIRMAR a la abogada Nilda Estela Cáceres Díaz, en carácter de Jueza Penal de Garantías, Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

CONFIRMAR a la abogada Guillermina Ramírez Zarate de Guibi, en carácter de Juez de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia, Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

CONFIRMAR a la abogada Sandra Alicia Martínez de Sarubbi, en carácter de Juez de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia, Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

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