Jueves 26 de Diciembre de 2024 | 01:18 AM | Asunción - Paraguay Inicio

Corte Suprema de Justicia

  • Banners Principales

11 DE MARZO DE 2020

DOS TITULARES Y DOS SUPLENTES

Resolución que establece elección de abogados para integrar el Consejo de la Magistratura

De conformidad a lo establecido en el Art. 19 de la Ley N° 296/94 de la elección de representantes de los abogados, la Corte Suprema de Justicia resolvió convocar a los abogados de la matrícula, a elección de dos Abogados titulares y dos Abogados suplentes para integrar el Consejo de la Magistratura, a llevarse a cabo el día 23 de mayo de 2020.

La elección se llevará a cabo en los Tribunales Electorales de las Circunscripciones Judiciales que se habilitan en la Resolución N° 7.947, del 11 de marzo de 2020.

Para el efecto, se ordena la actualización del padrón que contiene la nómina de abogados matriculados, con la inclusión de quiénes se hubieren matriculado hasta el día 11 de marzo de 2020.

Se pondrá de manifiesto el padrón actualizado en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, en las Secretarías de Turno de los Tribunales ordinarios de la Circunscripciones Judiciales que se citan, en la Página Web del Poder Judicial y en las entradas de las sedes del Poder Judicial de todas las circunscripciones judiciales por el plazo de cinco días, a partir del 16 de marzo al 20 de marzo de 2020, a fin de que se deduzcan tachas o reclamos que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 21 de la Ley N° 296/94.

El padrón definitivo, actualizado por orden alfabético, será remitido al Tribunal Superior de Justicia Electoral el día 2 de abril, a los efectos de dar cumplimiento a las funciones que confiere la Ley N° 296/94. Se fijó que el último día de presentación de listas de candidatos sea el 23 de abril de 2020.

Los abogados habilitados en el padrón actualizado podrán votar en cualquiera de las Circunscripciones Electorales referidas, votarán una sola vez y en una sola de las Circunscripciones, sin pena de incurrir en el delito definido en el Art. 323 inc. b) del Código Electoral.  Los abogados que tienen el derecho al sufragio, en otro estamento con representación en el Consejo de la Magistratura, ejercerán su derecho al voto una sola vez, en estas elecciones o en las que corresponda al otro estamento.

Descarga de archivos

Noticias Relacionadas