31 DE OCTUBRE DE 2016
CON EL FIN DE COMPARTIR EXPERIENCIAS
Tercer taller interdisciplinario para jueces de Paz
Se realizó días pasados el tercer taller interdisciplinario desarrollado por la Asociación de Jueces del Paraguay (AJP), dirigido a jueces de Paz de todo el país. Durante la actividad se trataron los temas “Procedimiento por delitos de acción penal privada ante el Juzgado de Paz, querella autónoma. Requerimientos fiscales, desestimaciones y criterio de oportunidad”, y las exposiciones estuvieron a cargo de las doctoras María Luz Martínez y Blanca Gorostisaga. Además contó con la presencia del presidente del a AJP, doctor Delio Vera Navarro.
Con el objetivo principal de compartir conocimiento para ayudar en el trabajo de administrar justicia y entregar las herramientas necesarias pensando en un mejor servicio de justicia para nuestro país, se desarrolló el tercer taller interdisciplinario, liderado por la Asociación de Jueces del Paraguaya beneficio de jueces y juezas agremiados en la Asociaron.
Durante el taller se buscó desarrollar temas de interés y trabajar sobre casos concretos que se presentan ante los Juzgados de Paz y así poder encontrar una salida en la cual el justiciable pueda verse acompañado para que llegue el servicio de justicia que se busca y principalmente el acceso a personas vulnerables.
Por su parte, a la doctora María Luz Martínez, expuso sobre la aplicación artículo 44 en cuanto a la competencia que tienen los jueces de paz, el contenido de los delitos de acción penal privada, previstos en el Código Procesal Penal desde artículo 422/426 y los demás artículos que reglamentan ese procedimiento y en especificidad, lo que los mismos pueden hacer en cuanto a su competencia en el Juzgado de Paz, y lograr así el acceso a justicia para los ciudadanos en los hechos punibles de acción penal privada.
La importancia principalmente en este objetivo y fin que tiene la actual Corte Suprema de Justicia de luchar contra la morosidad del Poder Judicial y que se extienda además la competencia de los Jueces de Paz, a modo de ayudar a la lucha de la mora judicial y puedan atender los casos de acción penal privada, manifestó la doctora Martínez.
Por su parte la doctora Blanca Gorostiaga dijo que “Los Jueces de Paz auxilian en una etapa primera que es la de investigación o legalización de la investigación con su intervención, sobre todo en los lugares en donde no existe una circunscripción judicial o están alejadas. Ellos tienen las mismas facultades que un juez de garantía y pueden realizar ciertas resoluciones; como por ejemplo el criterio de oportunidad y darle las pautas en el sentido de la importancia de que ellos hagan ese trabajo”.
La doctora Blanca Gorostiga desarrolló las salidas alternativas que se le da a las causas en donde reúnen ciertos requisitos legales, que en la misma ley establece, en donde se le puede dar de baja a esa causa; además de una suspensión condicional del procedimiento o directamente un sobreseimiento provisional o se puede desestimar la denuncia; y también en el caso que corresponda una reparación del daño, se realiza esa reparación. Lo que se logra con eso es que la justicia llegue realmente en aquellas causas pequeñas.
Realizando esto, no daremos cuenta que mucha de la mora judicial que se dice y que tanto se habla, es simplemente porque no se está realizando aquellas cuestiones que tienen que descongestionar el ingreso de las causas, tenemos que darle salida para que haya descongestionamiento de la justicia, concluyó diciendo.