Qué es?
Es la reproducción del asiento registral expedido por el registro correspondiente, en caso en extravío, destrucción o hurto del título de propiedad original.
Para qué sirve?
Sirve como título supletorio, ya sea este, de origen notarial, judicial o administrativo.
Requisitos
Por la Acordada Nº 1129 de la Corte Suprema de Justicia, del 18 de Octubre de 2016, la que en su Art. 2°. DISPONER que solo se expedirán copias o fotocopias íntegras de asientos registrales por orden de juez competente, en el marco de una causa judicial debidamente determinada. En los demás casos, la Dirección General de los Registros Públicos indicará al recurrente el archivo, oficina pública o persona en cuyo poder obre el título original registrado cuya copia o fotocopia le fuere requerida. Art. 3°.- SEÑALAR que, en todos los casos, el recurrente deberá acreditar el interés legítimo o el asunto de interés público que fundamenta su petición…” (Sic).
- Debe ser solicitado por el Titular dominical, ante el Juzgado en lo Civil y Comercial de Turno, bajo patrocinio de abogado, individualizando el inmueble con su correspondiente NÚMERO DE FINCA/MATRÍCULA Y DISTRITO. En caso de automotor, matrícula o registro. Tratándose de título de origen notarial, deberá agotar previamente los trámites como menciona la Acordada N° 1129/2016 (solicitar una segunda copia al Escribano que autorizó aquella, o en su defecto recurrir al Archivo de Tribunales para la obtención de una copia del Protocolo del Escribano autorizante), situación que deberá ser demostrada con la documentación pertinente ante el Juzgado y reflejada en la providencia emitida en consecuencia.
- Adjuntar fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del titular.
- Acercarse a la oficina de Atención al Contribuyente de Ingresos Judiciales de su Circunscripción Judicial (2do. Piso Torre Norte del Palacio de Justicia en Asunción) o ingresar al sitio http://www.pj.gov.py/ingresos para realizar la liquidación. Con la liquidación impresa, dirigirse a las bocas de cobranzas o entidades bancarias habilitadas a abonar la tasa judicial de 35.220 Gs.
- Presentar ante el Juzgado Civil y Comercial de turno la nota de solicitud de copia de título, adjuntando la fotocopia autenticada de la cédula de identidad y la boleta del pago de tasas judiciales.
- Una vez providenciada la solicitud, retirar del mismo Juzgado y acercarse a la oficina de Atención al Contribuyente de Ingresos Judiciales de su Circunscripción Judicial (2do Piso Torre Norte del Palacio de Justicia en Asunción) o ingresar al sitio http://www.pj.gov.py/ingresos para realizar la liquidación. Con la liquidación impresa, dirigirse a las bocas de cobranzas o entidades bancarias habilitadas a abonar la tasa judicial de 35.220 Gs. + la tasa especial de 44.026 Gs.
Entidades habilitadas para el pago: Bancos Itaú, Visión, Continental, Regional, Sudameris, Nacional de Fomento, Itapúa, Red Pago Express y Red Practipago.
Los pagos a través de ventanillas de Bancos o Bocas de Cobranzas tienen una comisión bancaria de hasta Gs. 4.400 IVA Incluido. Los pagos por medio del Home Banking no tienen costo.
- Presentar la providencia u oficio emitido por el Juzgado, en doble ejemplar, con la fotocopia autenticada de la cédula de identidad del titular de dominio, y la boleta de pago de tasas en ventanilla de la Mesa de Entrada y Salida de Registros Públicos, ubicada sobre la Av. Eusebio Ayala c/ Av. De la Victoria.
Para los demás registros especiales:
Se procederá de igual forma para la copia de asientos de los demás registros (Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio, Prendario, Poderes, etc) con la salvedad que deberá consignar, en el pedido, los datos de inscripción de cada registro.
--